SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2501/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2501/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

10)

10)    El recurrente vulneró el principio de inmediatez, pues presentó un primer recurso el “14 de marzo de 2008”, pero del sello de sorteo de Presidencia de la Corte se aprecia que ese acto se realizó el” 17 de febrero del mismo año” y que fue asignado a la Sala Administrativa Segunda (sic); asimismo, presentó el recurso ante una notario de fe pública, quien a su vez presentó el recurso el 24 de marzo de 2008, pues conforme al art. 95 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC),  debía hacerlo ante la Corte Superior y el art. 97 del CPC, es aplicable solamente para procesos ordinarios.