SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2501/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2501/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

7)

7) Luego de su notificación con la Resolución 091/2007, por memorial de 28 de septiembre de 2008, el recurrente interpuso recurso de reconsideración de dicha Resolución, que fue rechazado por Auto fundamentado de 22 de octubre del mismo año, pues conforme al art. 29.IV de la LPPo, en los procesos de inhabilitación y separación de Alcaldes, Concejales y Agentes Cantonales por falta grave no procede ningún recurso y porque el art. 28 del CE, se refiere al recurso de revisión y no de reconsideración.