Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2541/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución de 10 de septiembre de 2008, cursante de fs. 72 a 73 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, presentado por Jarlin Coca Orozco, Liseth Marcia Torrico Foronda, Alejandro Mostajo Rueda contra Gina Castellón Ugarte, Jueza Segunda de Instrucción de lo Penal del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, debido proceso y al principio de legalidad, sin citar norma constitucional alguna.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- a)
- b)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- -Condiciones para su procedencia y oportunidad
- tenga que ser necesariamente aplicada a la decisión final del proceso
- el incidente debe ser planteado cuando exista en el proceso en cuestión, una sentencia o resolución final a ser aún dictada, a la cual se pueda aplicar en su caso, el resultado del recurso
- admisión
- rechazo,
- no suspende el proceso judicial o administrativo, ni impide la dictación de la resolución o sentencia”.
- III.4. El caso concreto
- resolución final
- la decisión final
- APROBAR