SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2595/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2595/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.6.

II.6.  Por memorial de 30 de octubre de 2003, el querellante solicitó se señale audiencia en virtud a que la apelación del último incidente de prejudicialidad tiene efecto devolutivo y no suspende la prosecución del proceso, el cual mereció el decreto de 31 de octubre indicando “Toda vez que hasta la fecha no se realizó audiencia de conciliación (…) por las dilaciones presentadas no atribuibles al juzgado…” (fs. 78 y vta.).