SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2595/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2595/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente, ahora accionante, señala que las autoridades recurridas, ahora demandadas, lesionaron sus derechos a la igualdad, a la “seguridad jurídica”, a recurrir y a la garantía del debido proceso, al no haber dado lugar su solicitud de extinción de la acción penal, mediante una Resolución carente de fundamentación, considerando como actos dilatorios el ejercicio de su derecho a recurrir de conformidad a las previsiones del Código de Procedimiento Penal, apartándose de la doctrina sentada en diferentes Autos Supremos, que han establecido que el uso de recursos no es causal de dilación procesal maliciosa y su inasistencia a la audiencia de conciliación, cuando dicho acto no es obligatorio.  En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si los actos ilegales son ciertos para conceder o denegar la tutela.