Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2603/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.5.
II.5. El 23 enero de 2007, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, mediante Auto Supremo, estableció que Gil Villegas Michel era el autor de los delitos establecidos en el art. 153 y 224 del CP, por lo que en aplicación del art. 45 del CP se lo condenó a seis años de reclusión. (fs. 196 a 213)
- recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- siempre que no exista otros medio o recurso legal para la protección inmediata
- III.3. La falta de competencia o usurpación de funciones no es recurrible de acción de amparo constitucional, sino impugnable a través del recurso directo de nulidad
- SC 0099/2010-R
- III.4.1. En cuanto a la Resolución de los Vocales de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí
- Fragmento 19
- el 18 de mayo de 2005,
- Fragmento 21
- APROBAR