SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2615/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, señala que fueron vulnerados sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso en sus componentes a la defensa, presentación de prueba amplia y pertinente, valoración razonable de la prueba y falta de motivación de las decisiones judiciales, aduciendo que en el proceso laboral seguido a instancia de los ex trabajadores de la empresa “Aries Export Represent”, contra su ex esposo y ella en calidad de representantes legales de la misma, el Juez de instancia, los vocales ni los Ministros de la Corte Suprema de Justicia no han valorado íntegramente la escritura pública de desvinculación y división, partición y asignación de bienes 175/2002 de 11 de abril, sino solo la cláusula cuarta, misma que fue homologada en Sentencia de divorcio de 9 de agosto de 2002. Consecuentemente, corresponde en revisión, analizar si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a brindar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.1.
- a)
- i)
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- Fragmento 18
- debe entenderse que los otros requisitos son los de contenido, tales los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente el recurso
- En cuanto la exigencia de precisar el petitorio
- el legislador, en el art. 97 de la LTC ha previsto este requisito a momento de presentar la demanda o acción de amparo, y no después
- SC 0669/2010-R de 19 de julio
- APROBAR,