SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2615/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2615/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

recurso

En revisión la Resolución 41/2009 de 18 de febrero, cursante de fs. 900 a 906 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Sandra Ángela Ascarrunz Centellas contra Beatriz Sandoval de Capobianco y Jaime Ampuero García, Ministros de la Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia; Marlene Pino de Terán y Raúl Pablo Brañez Galindo, Vocal de la Sala Social y Administrativa y Vocal convocado de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; y, Teresa M. Arana Aracena, Jueza Primero de Trabajo y Seguridad Social, alegando la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica” y al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg); “8.1.2.c), d) y e)” de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, arts. “14.1.3.b), d) y e)” del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).