SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2641/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
a)
Con esos antecedentes interpone amparo constitucional contra Teresa Vera de Gil, Teresa Lourdes Ardaya Pérez, Jacinto Morón Sánchez, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior; y Aldo Moro Gutiérrez, Juez Primero de Sentencia, todos del Distrito Judicial de Santa Cruz; solicitando se conceda la tutela y se ordene: a) La anulación parcial de Auto de Vista 72/2006 de 29 de mayo en la parte que rechaza su recurso de apelación; b) Se anule parcialmente la Resolución de 4 de febrero de 2006, del Juez Primero de Sentencia, en la parte que declara probada la excepción de prescripción de la acción penal y extinguida la acción penal con archivo de obrados; c) Se haga una cabal interpretación del “art. 30 del C. de Pdto. Civil” (sic), en el sentido de que el falso testimonio es un delito de carácter permanente y que el inicio de la prescripción debe computarse desde la media noche del día en que cesó su consumación; y, d) Se reconozcan daños, perjuicios y costas.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- los permanentes como es el caso de falso testimonio
- verificar si en esa labor interpretativa, no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico
- APROBAR