Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2641/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.2.
II.2. El Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, dictó Auto de intimación de pago el 15 de diciembre de 1999 (fs. 46); instancia en la que el 22 de febrero de 2000, José Hernán Blacutt Barrón, Intendente Nacional del Banco Sur S.A. en Liquidación, previo juramento manifestó desconocer el domicilio actual del ejecutado (fs. 61), a quien se citó mediante edictos (fs. 62 a 67).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- los permanentes como es el caso de falso testimonio
- verificar si en esa labor interpretativa, no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico
- APROBAR