SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2676/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.6.
II.6. La imputada, el 9 de octubre de 2007, planteó recusación contra la Jueza Jessica Elena Zeitun Oliva (fs. 566), misma que fue rechazada y confirmada con multa a la recusante, por Autos 21/2007 de 10 de octubre y 004/2007 de 18 de octubre, que confirmaron el rechazo del incidente; en ese antecedente se dispuso la prosecución del juicio oral, audiencia que fue suspendida por ausencia de la imputada por motivos de salud, reinstalándose la misma el jueves 6 de diciembre de 2007, prosiguiendo hasta dictar la Sentencia 003/2007 de 14 de diciembre, declarando a Ligia Rodríguez Gamarra, culpable de los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza; condenándola, en consecuencia, a sufrir la pena de tres años y nueve meses de reclusión (fs. 563 a 660).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- i)
- III.4.
- a) la complejidad del asunto, referida no sólo a los hechos, sino también a la cuestión jurídica; b) la conducta de las partes que intervienen en el proceso; y, c) la conducta y accionar de las autoridades competentes
- III.5. El caso en análisis
- III.5.1.
- III.5.2