SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2724/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2724/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

a)

La Sentencia ahora ejecutoriada de 2 de octubre de 2007, declaró probada en parte el interdicto de obra nueva perjudicial, que presentó Mario Nicomedes Alem Urzagaste contra el Gerente y el Asesor Legal de la referida Cooperativa, por lo que se condenó al demandado: a) Al pago de costas procesales; y, b) Al pago de daños y perjuicios (rajaduras y huecos), montos o importes que serían determinados en ejecución de sentencia.

El Juez de la causa, en ejecución de Sentencia, determinó la apertura de término probatorio de veinte días común a las partes, que inició el 11 de marzo de 2008 y designó de oficio al perito evaluador en la persona del arquitecto Roberto Quinteros, mismo que durante el término probatorio que culminó el 1 de abril de 2008, no presentó el avalúo -informe pericial- y solicitó al Juez de la causa, se le conceda un plazo adicional por razones de salud, que también vencido no presentó su informe, por lo que la institución demandada, ofreció perito evaluador, que se rechazó con el argumento de haber concluido el período de prueba y en consecuencia con noticia de partes el expediente pasó a despacho para su resolución.