Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2724/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
ii)
ii) Que si la autoridad recurrida no hubiese establecido el quantum de los daños y perjuicios, el propietario de la vivienda, no hubiera tenido otro medio para hacer restituir los daños y perjuicios y el conflicto habría quedado sin resolver, que así está pedido en el recurso de apelación cuando toma en cuenta que el Juez de primera instancia declara improcedente su pedido de cuantificación de daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional
- a)
- Por presentado aunque fuera de término”
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- denegó
- i)
- ii)
- iv)
- II.1
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. De las facultades para mejor proveer
- Fragmento 19
- III.4. Caso analizado
- APROBAR