Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2724/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
Fragmento 19
La legislación moduló el principio dispositivo permitiendo la actividad oficiosa del juez en materia probatoria, y en este orden de ideas, debe entenderse que el proceso jurisdiccional tiene una finalidad especial, cual es la obtener una decisión judicial de la litis que responda a la realidad de los hechos, consultando criterios de justicia, en búsqueda de la dignificación del hombre y del respeto de sus derechos.
- recurso de amparo constitucional
- a)
- Por presentado aunque fuera de término”
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- denegó
- i)
- ii)
- iv)
- II.1
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. De las facultades para mejor proveer
- Fragmento 19
- III.4. Caso analizado
- APROBAR