SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2729/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Los terceros interesados, Marcelino Machaca Huanca, Néstor Colque Cosme, Eloy Lorenzo Quispe González, Marcelino Quispe Cuba, Teodora Quispe Gonzáles, María Ema Quispe Gonzales, Isabel Quispe Gonzáles, Rita Elena Quispe Gonzáles, María Miguelina Gonzáles Illanes, Natalia Ticona de Gonzáles y Rita Elena Quispe Gonzáles, por intermedio de su abogado luego de hacer una relación de la etiología del incidente de extinción de la acción penal y de la forma de Resolución emergente de la formulación del recurso de apelación incidental, refieren que la impugnación fue negada en consideración de no estar prevista el art. 403 del CPP, a cuya emergencia se formuló el incidente de actividad procesal defectuosa misma que no fue apelada desde el 15 de mayo de 2008, hasta el momento de realizarse la audiencia de amparo constitucional, por lo que se evidencia falta de cuidado de la parte querellante que no formuló el recurso de apelación correspondiente pretendiendo ahora luego de seis meses activar una vía constitucional que supla su propia inactividad.
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- amparo constitucional”
- “accionante”
- siempre y cuando no hubiere otro medio o recurso legal.
- Fragmento 20
- III.4. Derecho a impugnar
- III.5. Problemática del caso concreto
- I.-
- II.-
- III.-
- denegado
- APROBAR