SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2729/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2729/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.3.

II.3.  Habiéndose suspendido la primera audiencia, el 18 de enero de 2007, se instala nuevamente el juicio oral, y en audiencia, luego de los actos formales se da lectura a la acusación y fundamentos, y en el momento procesal la parte acusada interpone las excepciones de prejudicialidad e incompetencia, las que son resueltas por Auto E-06/2005, que en definitiva declara improcedentes las excepciones planteadas, Auto que fue recurrido por los acusados mediante apelación incidental, pidiendo además la suspensión del juicio hasta que se resuelva dicho recurso, tramitándose entretanto la modificación de las medidas cautelares de carácter personal. En éste estado procesal la parte acusadora amplía la acusación por el delito de falsedad material, incidente que es resuelto por la Juez Cuarto de Sentencia, declarando probado el incidente y ampliando la acusación por el delito de despojo, ampliación que es respondida por los acusados rechazando la misma y ofreciendo prueba de descargo (fs. 84 a 297).