SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2729/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2729/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.5.

II.5.  Por memorial de 4 de agosto de 2006, los acusados interponen excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, alegando que la dilación sería atribuible al Ministerio Público, excepción que luego de ser respondida por la apoderada del acusador particular, es resuelta mediante Auto 35/2006, que declara la improcedencia de la excepción y dispone la prosecución de juicio, siendo recurrido en la vía incidental nuevamente por los acusados, resultando que la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declara inadmisible dicho recurso, por no estar prevista su procedencia en el art. 403 del CPP (fs. 499 a 548 vta.).