SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2777/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2777/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, manifiesta que se vulneraron los derechos de sus representados a la defensa, a la “seguridad jurídica”, a la petición y al debido proceso en su elemento de motivación de las resoluciones, toda vez que los ex Ministros recurridos, ahora demandados, emitieron el Auto Supremo 071-E por el que, de oficio y con carácter previo a resolver el recurso de casación, determinaron no haber lugar a la extinción de la acción penal, pese a que reconocieron que la duración del proceso ya había excedido el plazo de tres años previsto por el art. 133 del CPP, y que la acusación fue presentada fuera del plazo previsto por el art. 134 del mismo cuerpo legal; considerando al efecto que en el caso concreto no procedía, por la omisión de los imputados de presentar a sus testigos en el momento oportuno del juicio oral motivando con ello que la audiencia se suspenda y sin tomar en cuenta que en reiteradas oportunidades solicitaron la extinción de la acción penal. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyeren actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de los representados del accionante a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.