SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2793/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2793/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

II.6.

II.6.          Por nota 1317/04 de 18 de noviembre de 2004, la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, solicita al Rector de la UNITEPC, a fin de que el mandante del recurrente prosiga regularmente sus estudios universitarios, previamente establecer fehacientemente el vencimiento de las materias cursadas y posteriormente comunicar oficialmente el trámite que deberá realizar para regularizar su situación, además informar sobre el vencimiento de las materias cursadas por éste y las acciones que efectuará dicha Universidad (fs. 143).