Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2847/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.3.
II.3. Mediante OM 30/2008 de 2 de abril, el Concejo Municipal de Yapacaní, resolvió nominar como Alameda Buenos Aires desde la avenida Epifanio Ríos hasta la calle Junín, comprendida en dos cuadras ubicada en la junta vecinal Avaroa, derogando en forma parcial el artículo primero de la OM 22/2006 con relación al nombre de la avenida Buenos Aires por Alameda Buenos Aires (fs. 40 a 41).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ;
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- III.3. Legitimación pasiva como requisito de admisión del recurso
- III.4. Legitimación de los concejos municipales como órganos colegiados
- III.5. El caso de autos
- denegado
- APROBAR