SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0008/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0008/2010-R

Fecha: 06-Abr-2010

fecha 14 de abril de 2005, José Zenobio Mamani Quispe, se apersona ante el Juez Primero de Instrucción cautelar y pide nulidad de imputación, por no habérsele notificado ni expedirse mandamiento de comparendo para que preste declaración informativa.

En ese contexto y de la compulsa del expediente, se establece que mediante memorial cursante a fs. 29 de obrados, en fecha 14 de abril de 2005, José Zenobio Mamani Quispe, se apersona ante el Juez Primero de Instrucción cautelar y pide nulidad de imputación, por no habérsele notificado ni expedirse mandamiento de comparendo para que preste declaración informativa.

Del contenido in-extenso del memorial, se determina que el impetrante no constituye domicilio procesal, tampoco real, menos aun observa el domicilio real que figura en obrados (Av. Las Américas No. 89, de la Urbanización Marcelo Quiroga Santa Cruz, zona Bolívar  “C” Distrito 3 de la ciudad de La Paz).