SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0008/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0008/2010-R

Fecha: 06-Abr-2010

II.2.

II.2.  Mediante memorial cursante en fotocopias simples a fs. 29 vta. de obrados, el 14 de abril de 2005, José Zenobio Mamani Quispe,  se apersona ante el Juez Primero de Instrucción cautelar y pide nulidad de imputación, por no habérsele notificado ni expedirse mandamiento de comparendo para que preste declaración informativa, petición que mereció la emisión de la providencia de 15 de abril de 2005, cursante a fs. 30, en virtud de la cual se dispone que se haga conocer a los sindicados todos los actuados para que comparezcan ha asumir su defensa y se presenten ante la Fiscal para prestar su declaración informativa. Se dispone también que una vez cumplida esta actuación, la Fiscal, si fuera el caso, deberá presentar o reproducir la resolución de imputación formal. Asimismo, esta decisión de forma expresa deja sin efecto dos providencias: 1) La de 5 de abril de 2005, que establecía la notificación a José Zenobio Mamani Quispe en su domicilio real  y en forma personal con la Resolución de imputación formal; y 2) La Resolución de imputación formal de  30 de marzo del mismo año.