SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0008/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0008/2010-R

Fecha: 06-Abr-2010

III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El representante sin mandato del antes recurrente ahora accionante, en el momento de presentar su recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, alega que no fue notificado con la denuncia existente contra José Zenobio Mamani Quispe, afirma que tampoco se notificó con la imputación formal existente en contra de su representado, señalando que se prosiguió la tramitación de la causa con supuestas notificaciones edictuales, lo cual deja a su representado en estado de indefensión, vulnerando su derecho al debido proceso y a la libertad toda vez que se ha librado mandamiento de aprehensión. Por lo afirmado, corresponde determinar si debe o no brindarse tutela en el caso concreto, tarea que será realizada a continuación.