SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0057/2010-R
Fecha: 27-Abr-2010
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución de 26 de septiembre de 2007, cursante de fs. 67 a 70, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de hábeas corpus, interpuesto por Williams Bellido Sejas en representación sin mandato de Víctor Aliendre Quiroz contra Eloy Avendaño Menchaca y Juan Mejía Coca, Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior; Hugo Raúl Montero Lara y Cecilia Ayllón Quinteros, Jueces Técnicos del Tribunal Cuarto de Sentencia; y Mirtha M. Montaño T., Jueza Primera de Instrucción en lo Penal, todos del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de su representado a la dignidad, a la libertad, seguridad jurídica; a ingresar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional, a la defensa, fundamentación de las resoluciones judiciales y debido proceso, consagrados en los arts. 6.II, 7 incs. a) y g), 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg); ahora arts. 22, 23.I, 21.7, 119.II y 117.I de la Constitución Política del Estado vigente (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- a)
- c)
- 3)
- i)
- b)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. El debido proceso vinculado a la libertad en el recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- III.4.
- III.5. Agotamiento de vías legales
- III.6. Con relación a la actuación de la Jueza cautelar
- III.7. Con relación a la actuación de los Jueces Técnicos
- III.8.
- Fragmento 29