SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0093/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0093/2010-R

Fecha: 04-May-2010

continuaron rigiéndose por el Código de Procedimiento Penal de 1972

En sentido inverso, las causas en trámite, que hasta el 31 de mayo de 2001 contaban con Auto Inicial de Instrucción, continuaron rigiéndose por el Código de Procedimiento Penal de 1972, salvo en los supuestos que prevé expresamente la Disposición Transitoria Segunda, entre ellos las normas sobre medidas cautelares, que entraron en vigencia un año después de la publicación del Código de Procedimiento Penal, es decir, a partir del 1 de junio del 2000.