SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0093/2010-R
Fecha: 04-May-2010
II.2.
II.2. El 2 de abril de 2001, se realizó la audiencia de sustitución de fianza a solicitud de Edwin Bernabé Escobar Plata, dictándose la Resolución correspondiente por la que se aceptó la sustitución propuesta de la fianza económica de Bs30.000.- por una fianza real sobre el departamento 302, ubicado en la calle José Palma 1544, zona San Pedro de la ciudad de La Paz (fs. 4 a 5), y el 22 de junio del mismo año, se dictó Sentencia 391/2001 dentro del referido proceso penal, declarando a Edwin Bernabé Escobar Plata autor de los delitos de falsedad material y otros, condenándole a sufrir la pena de privación de libertad de cinco años de reclusión en la penitenciaría de San Pedro (fs. 27 a 49 vta.), fallo que fue confirmado en apelación por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Distrito Judicial de La Paz, por Auto de Vista 65/02 de 4 de febrero de 2002 (fs. 50 a 52 vta.), y el 14 de junio de 2003, declararon infundados mediante Auto Supremo 319 los recursos de nulidad y/o casación interpuestos por los procesados (fs. 53 a 57).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- 2)
- concedió
- b)
- c)
- d)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II. 3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- concederá el amparo solicitado",
- III.3. Sobre la aplicación del Código de Procedimiento Penal vigente y el Código de Procedimiento penal de 1972 al caso que se analiza
- 19º y 20º
- continuaron rigiéndose por el Código de Procedimiento Penal de 1972
- La fianza tendrá por exclusiva finalidad asegurar que el imputado cumplirá las obligaciones que se impongan y las órdenes del juez o tribunal
- las normas expresamente señaladas en la Disposición Transitoria Segunda, como las relativas a las medidas cautelares
- Resolución de 24 de julio de 2000, en vigencia anticipada de las normas sobre medidas cautelares contenidas en el Código de Procedimiento Penal se dispuso la aplicación de medidas sustitutivas contra el accionante
- no teniendo como finalidad el cubrir la responsabilidad civil emergente del delito.
- 24 de marzo de 2004,
- como tampoco
- Fragmento 33
- salvo que dicha fianza, como expresamente determina el art. 252 del CPP, hubiera sido embargada y se trate de bienes propios del imputado;
- III.4. Sobre la interpretación del art. 240.6 del CPP y el incumplimiento de lo previsto en el art. 241 del CPP
- La fianza económica podrá ser prestada por el imputado o por otra persona mediante depósito de dinero, valores, constitución de prenda o hipoteca
- mandamiento de libertad definitiva
- III.5.
- APROBAR