SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0166/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0166/2010-R

Fecha: 17-May-2010

ese día no atiende el especialista

Ante ello, surge otra situación que no puede pasar desapercibida, pues resulta que, el agraviado advierte que ese día no atiende el especialista, y de manera oportuna e inmediata, pide que la orden de salida sea otorgada para un día antes; es decir, para el 17 de octubre de 2007, en el mismo centro de salud, a objeto de que  coincida con su cita y ser asistido adecuadamente. Sin embargo, con la misma actitud; es decir manteniendo la duda no obstante estar frente a tres certificaciones médicas coincidentes, se niega  la petición efectuada.