SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0166/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0166/2010-R

Fecha: 17-May-2010

no implica la pena o condena anticipada

En la problemática que se analiza el agraviado representado del accionante sin mandato, está bajo medida cautelar de carácter personal. Al respecto se debe tener presente, que la misma es de carácter instrumental; es decir, no implica la pena o condena anticipada, toda vez que su única finalidad es asegurar la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley, tal cual dispone el art. 221 del CPP.

Asimismo, se debe tener en cuenta que por el sólo hecho de estar privado de libertad, como lógica consecuencia, los demás derechos de alguna manera se encuentran disminuidos, colocando al detenido en una situación de necesidad o desigualdad ante quien está en condiciones normales de libertad, tal el caso por ejemplo de los derechos a la vida y a la salud, y por ende a la condición humana; empero, ello no significa que el privado de libertad pierda esos derechos, pues tiene todas las facultades para exigir su respeto y vigencia por parte del Estado, y aunque estén restados en alguna medida, no están perdidos y son totalmente exigibles y tutelables.