SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0166/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0166/2010-R

Fecha: 17-May-2010

violando su condición humana

Si bien es cierto que la Constitución Política del Estado abrogada no tutelaba el derecho a la salud, no obstante, por el desarrollo jurisprudencial, ante la realidad y necesidad de dar respuestas a las problemáticas planteadas, a través de las SC 0264/2007-R de 12 de abril, que a su vez citó a la SC 1579/2004-R se estableció que: "El hábeas corpus denominado correctivo, protege al detenido de aquellas condiciones que agravan en forma ilegítima la detención, violando su condición humana. A través de este recurso, se garantiza el trato humano al detenido, establecido en las Convenciones Internacionales de Derechos Humanos" (las negrillas nos pertenecen), a su vez la misma Sentencia haciendo referencia a la SC1199/2005-R de 26 de septiembre, añadió que: "…el hábeas corpus correctivo procede contra los actos lesivos a la integridad personal, integridad que debe entenderse en los planos físico, psicológico y moral, en estrecha conexión con la dignidad humana…" (las negrillas son nuestras).