SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0275/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0275/2010

Fecha: 07-Jun-2010

En cuanto a la legalidad

En cuanto a la legalidad, de conformidad a lo previsto por el art. 180 de la CPE, es un principio procesal de la jurisdicción ordinaria; al respecto este Tribunal a través de la SC 0919/2006-R de 18 de septiembre, que a su vez citó a la SC 0062/2002 de 31 de julio, estableció que: “el principio general de legalidad, como elemento esencial del Estado de Derecho“(...) en su vertiente procesal (garantía jurisdiccional), tiende a garantizar que nadie pueda ser sancionado sino en virtud de un proceso desarrollado conforme a las reglas establecidas en el procedimiento en cuestión, en el que se respeten las garantías establecidas por ley”.