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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0292/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0292/2010-R

    Fecha: 07-Jun-2010

    I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional

    Ante la renuncia de todos los Magistrados, no se emitió resolución, una vez designados las nuevas Autoridades, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se reanudaron las labores jurisdiccionales, habiéndose procedido al sorteo, el 12 de abril de 2010, en consecuencia, la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • 1)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución   Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • accionante
    • denegar
    • III.3.1. Sobre el debido proceso, la seguridad jurídica, la igualdad jurídica y  el principio de legalidad
    • Fragmento 20
    • III.4.1. En cuanto a la supuesta falta de fundamentación y revisión    de oficio del Juez “a quo” y del Tribunal “ad quem”.
    • III.4.2. En cuanto a la aplicación del art. 35 del CPP
    • POR TANTO
    • 1º REVOCAR

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