SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0336/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
Fragmento 21
Por otro lado, también se tiene que sobre el derecho propietario de los bienes ofrecidos para la satisfacción de la obligación, el demandado, según acta que cursa a fs. 29 de 27 de septiembre de 2007, forma parte de una empresa cuya razón social es Teycom S.R.L, la cual es propietaria de un inmueble rural de 9.130 m2 ubicado en la zona ex-Hacienda Achumani, según consta de la escritura pública de 20 de octubre de 1998, autorizando la “totalidad de los socios”, proporcionar al demandando los títulos originales para ofertar el bien como dación de pago, garantía judicial o realizar las acciones judiciales necesarias, no constando en el acta el nombre de los socios así como tampoco se acompañó la escritura de constitución de dicha Sociedad y que constituye un elemento primordial para acreditar su existencia, cursando tan solo una escritura pública de 25 de junio de 2007, transfiriendo cuotas de capital de la sociedad de responsabilidad limitada Teycom S.R.L, suscrita por David Miguel Tito Da Motta y Nicolás Mocho Yamani a favor de Celso Alfonzo Rossell Simón y Rosa Alba Sosa de Rossell, quedando la sociedad constituida por los socios Celso Alfonso Rossell Simón y Rosa Alba de Rossell, existiendo contradicción entre la escritura de transferencia de cuotas de capital, suscrita el 25 de junio de 2007 y el acta de 27 de septiembre del mismo año, donde figura como socio secretario Nicolás Mocho Yumani y como socio principal David Miguel Tito Da Motta; siendo así que según la escritura pública, transfirieron la totalidad de sus cuotas, de donde resulta que los títulos propietarios, así como la facultad de disposición, no se hallan clarificados, constituyendo la actuación del obligado en el proceso laboral una acción dilatoria para soslayar el pago de la obligación.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Análisis del caso
- en el evento de que se hubiere trabado el embargo preventivo de los bienes del demandado, condiciones que encuentran sustento y fundamento en el orden constitucional y legal”
- III.4.
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.5.
- APROBAR