Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0353/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
II.6.
II.6. Por memorial de 30 de noviembre de 2006, el recurrente por su representado pide se considere, en revisión, que por mandato imperativo de las Circulares 27/04 de 20 de septiembre de 2004 y 30/04 de 5 de octubre de ese año, emitidas por la Corte Suprema de Justicia, les otorgan la calidad de Tribunal de excepción a las autoridades demandadas, para considerar y resolver la extinción de la pena, circulares que al tener carácter imperativo, se infiere que no está supeditado al principio de subsidiariedad.(fs. 41 a 43).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- amparo constitucional
- Fragmento 15
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- "accionante"
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados". (las negrillas son nuestras).
- 1)
- III.4. La problemática planteada
- 1.a)
- APROBAR