SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0381/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
d)
d) El 1 de junio de 2001, la fallecida Jueza de Partido, Elsa Livia Molina Saravia, en aplicación de la Disposición Transitoria cuarta del CPP, radicó la causa y dispuso su tramitación hasta que concluya, pese a que ese cuerpo legal ya se encontraba plenamente vigente, por lo que vulneró el art. 46 del mismo; asimismo, dictó Sentencia 513/2003 de 11 de abril condenando al representado de la recurrente por ambos delitos a una pena privativa de libertad de cinco años; posteriormente, el corecurrido Aníbal Miranda Balboa, Juez Tercero de Partido en lo Penal Liquidador, convalidó esas actuaciones violatorias del debido proceso al remitir el mandamiento de condena emitido contra el representado de la recurrente al Juez de Ejecución Penal, cuando le correspondía aplicar el art. 308 del CPP 1972.
- recurso de
- a)
- c)
- d)
- e)
- Fragmento 6
- 1)
- i)
- I.2.3. Dictamen Fiscal
- 2)
- 4)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. Procedencia del hábeas corpus en caso de procesamiento indebido
- en forma concurrente,
- III.4. El caso en revisión
- APROBAR