SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0381/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0381/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

II.3.

II.3.  Según se aprecia de la representación efectuada por el Oficial de diligencias del Juzgado Duodécimo de Instrucción en lo Penal, el representado de la recurrente, Fernando Javier Loza Villamil fue buscado “en reiteradas oportunidades por las diferentes zonas y arterias de la ciudad” para ser notificado con el mandamiento de comparendo para su declaración indagatoria, sin haber sido encontrado (fs. 52 vta.), por lo  que conforme a los arts. 101 y 250 del CPP.1972, por Auto de 13 de septiembre de 1999, el titular de ese despacho, ahora recurrido, dispuso su citación y de la coimputada, Regina Ureña Calderón, por edicto concediéndoles el término de diez días, para que asuman defensa, bajo conminatoria de ser declarados rebeldes y contumaces a la ley (fs. 65 vta. a 66); habiéndose publicado ese edicto en el diario de circulación nacional “La Razón” el 8 de octubre de 1999 (fs. 71).