Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0393/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.2.
II.2. El 29 de septiembre de 2005, la Fiscal Adjunta, presentó imputación formal contra Osvaldo Bustillos Esqueti, oportunidad en la que solicitó medidas cautelares respecto al imputado no así sobre la mercancía decomisada (fs. 431 a 432) imputación que fue de conocimiento de la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal de Cochabamba, quien mediante providencia de la misma fecha, dispuso la notificación del imputado y señaló audiencia de medidas cautelares (fs. 433).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- i)
- 1)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Consideraciones sobre la naturaleza del amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso y problemática planteada
- III.4.1.En cuanto a los actos de la autoridad fiscal demandada
- dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales,
- III.4.2.En cuanto a los actos de la autoridad aduanera demandada
- Fragmento 22
- APRUEBA