AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2010-RCA
Fecha: 05-Jul-2010
al evidenciarse errores no sólo en la cita de las causales señaladas para la formulación de las excusas presentadas
En ese sentido, al advertirse errores en la tramitación de las excusas presentadas por los juzgadores, considerando el tiempo que demoraría corregir este procedimiento y el perjuicio que ocasionaría a las partes, corresponde, corregir la irregular tramitación de la causa tomando en cuenta el carácter sumarísimo de esta acción, aplicando la jurisprudencia constitucional establecida en el Fundamento Jurídico II.2, al evidenciarse errores no sólo en la cita de las causales señaladas para la formulación de las excusas presentadas por los Jueces Mixto Liquidador y de Sentencia, Félix Chalar Miranda (fs. 274 vta.) y de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Raúl A. Tórrez Cáceres, ambos de Tupiza, del Distrito Judicial de Potosí, este último, allanándose a la solicitud presentada por el accionante; sino también, sustentar las mismas en el art. 3.8 y 10 de la LAPCAF, olvidando que como autoridades judiciales, al conocer las acciones constitucionales, actúan como jueces de garantías constitucionales, debiendo sujetar las excusas que se presenten y el trámite que deben seguir las mismas para su resolución a los arts. 34, 35 y 36 de la LTC, ya que remitido el expediente al suplente legal, dicha autoridad con carácter previo a aprehender conocimiento de la acción, debe pronunciarse sobre la legalidad o ilegalidad de la excusa presentada.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Autoridades recurridas
- 1)
- I.5. Trámite procesal y Resolución
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- únicas causales de excusa
- tramitación sumarísima y especial
- c)
- art. 3.8 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF)
- admitió la acción
- se allanó a la misma, citando el art. 3.9 de la referida Ley,
- al evidenciarse errores no sólo en la cita de las causales señaladas para la formulación de las excusas presentadas
- Fragmento 15
- excusa y la impertinencia de la recusación
- de economía procesal
- I.
- forma