AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2010-RCA

Fecha: 05-Jul-2010

se allanó a la misma, citando el art. 3.9 de la referida Ley,

No obstante, notificado el accionante en la misma fecha a horas 10:25, a primera hora de la tarde, Mirco Edgar Coro Velásquez, presentó memorial recusando al Juez de garantías señalando los arts. 8 inc. 2 y 10 del Código de Procedimiento Civil (CPC) al considerar que se encuentra dentro de la causal de excusa prevista por el art. 3.10 de la LAPCAF, autoridad que mediante Auto de 10 de diciembre de 2007, se allanó a la misma, citando el art. 3.9 de la referida Ley, y remitiendo el expediente, la Jueza de Partido Mixta Liquidadora y de Sentencia de Atocha (fs. 392 y vta.), quien con carácter previo “antes de radicarse la causa” (sic) (fs. 396 vta.), por Auto de 19/07 de 17 de diciembre (fs. 397 a 398), rechazó in límine  la acción manifestando el  incumplimiento del art. 97.II, IV y VI de la LTC (fs. 397 a 398), Resolución que fue enviada en revisión.