I.1. Problema jurídico planteado
El recurrente, ahora accionante, denunció en el recurso de hábeas corpus que luego de haberle declarado rebelde porque no concurrió a la audiencia de juicio oral, se aplicó equivocadamente el art. 91 del Código de Procedimiento Penal (CPP), pues pese a que se presentó personalmente purgando la rebeldía y solicitando quede sin efecto el mandamiento de aprehensión librado en su contra, el Tribunal Tercero de Sentencia determinó que con carácter previo cancele las costas de la rebeldía, pero no se fraccionó planilla al efecto por Secretaría hasta la fecha de presentación del recurso, y a consecuencia de ello no se le notificó con las resoluciones de 26 de mayo y 1 de junio de 2007 que mantienen subsistente su rebeldía, dejando vigente el mandamiento de aprehensión librado en su contra, que se hizo efectivo el 7 de noviembre de 2007 a cuya consecuencia se le aplicó medida cautelar de detención preventiva.
- I.1. Problema jurídico planteado
- aprobó
- 1.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. La aprehensión por rebeldía en el proceso penal
- Artículo 91º.- (Comparecencia).
- y si el representado acude voluntariamente, no hay necesidad que se ejecute el mandamiento expedido en su contra
- De las normas procesales referidas se infiere que el mandamiento de aprehensión expedido, como consecuencia de la declaratoria de rebeldía, tiene como única finalidad el conducir al imputado o procesado rebelde ante el juez o tribunal del proceso para ponerlo a su disposición a objeto de que prosiga la sustanciación del proceso; queda claro que, el Juez o Tribunal del proceso que hubiese declarado la rebeldía, una vez que sea conducido ante su despacho el imputado o procesado, deberá celebrar la audiencia de medidas cautelares para definir su situación jurídica.”
- III.2. La aplicación de medidas cautelares como consecuencia de la rebeldía en la etapa de juicio oral
- para demostrar ese extremo los accionantes deberán acreditar, mediante la documentación pertinente -por ejemplo la copia del recurso con el respectivo sello de recepción- que a pesar de haber planteado apelación, hasta la fecha de presentación del hábeas corpus, ahora acción de libertad, no se ha resuelto su situación jurídica respecto a su derecho a la libertad física o personal;
- III.3.1.Respecto al tratamiento de la rebeldía
- únicamente al co-demandado Ignacio La Fuente Urdininea,
- III.3.2. Respecto a las medidas cautelares
- aprobarse en parte la Resolución 55/2007
