Sentencia: 0414/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0414/2010-R

Fecha: 20-Jul-2010

I.1. Problema jurídico planteado

El recurrente, ahora accionante, denunció en el recurso de hábeas corpus que luego de haberle declarado rebelde porque no concurrió a la audiencia de juicio oral, se aplicó equivocadamente el art. 91 del Código de Procedimiento Penal (CPP), pues pese a que se presentó personalmente purgando la rebeldía y solicitando quede sin efecto el mandamiento de aprehensión librado en su contra, el Tribunal Tercero de Sentencia determinó que con carácter previo cancele las costas de la rebeldía, pero no se fraccionó planilla al efecto por Secretaría hasta la fecha de presentación del recurso, y a consecuencia de ello no se le notificó con las resoluciones de 26 de mayo y 1 de junio de 2007 que mantienen subsistente su rebeldía, dejando vigente el mandamiento de aprehensión librado en su contra, que se hizo efectivo el 7 de noviembre de 2007 a cuya consecuencia se le aplicó medida cautelar de detención preventiva.