SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0521/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0521/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado del recurrente ratificó los fundamentos del recurso planteado y los amplió señalando que el Juez recurrido al pronunciar el Auto de Vista impugnado, se limitó a realizar una simple relación de hechos, basándose en la fundamentación de la Sentencia apelada, sin cumplir lo establecido por la jurisprudencia constitucional que señala que todos los jueces de alzada y los de casación, deben argumentar sus fallos de forma que la persona que se creyere agraviada con la emisión de cualquier resolución, tenga pleno conocimiento de cuál es su situación jurídica, sin que la Resolución referida reúna estos requisitos.

Respondiendo a la pregunta formulada por la Presidenta del Tribunal de garantías respecto a “qué es lo que invoca reclamando sobre la Resolución” (sic), indicó que el objeto del presente recurso es la falta de fundamentación del Auto de Vista emitido por la autoridad recurrida, ya que si bien el Juez de primera instancia rechazó el incidente así como la excepción de prescripción que fueron motivo de apelación, éste se efectuó con la debida argumentación.