SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0522/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
1)
El recurrente, ahora accionante, acusa que las autoridades demandadas del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente y de la Superintendencia del Servicio Civil, vulneraron los derechos de su representado al trabajo y remuneración justa, a la función pública, a la seguridad jurídica, el deber fundamental de acatar y cumplir las leyes, a la garantía al debido proceso en lo concerniente al principio de legalidad y acceso a la jurisdicción, por cuanto: 1) Las autoridades del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente se resisten a cumplir lo dispuesto en las Resoluciones emitidas por la Superintendencia del Servicio Civil, impidiendo la reincorporación de su representado a su fuente laboral; y, 2) El Superintendente del Servicio Civil al no ejecutar sus Resoluciones, desconoce la eficacia de las Resoluciones emitidas en un proceso efectivo. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales y/u omisiones indebidas, lesivas a los derechos fundamentales invocados, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos, garantía y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades y funcionario recurrido y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- concede
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso y problemática planteada
- III.3.1. Sobre la subsidiariedad alegada por la autoridad demandada del Servicio Civil
- III.3.2. La actuación del Ministro demandado
- III.3.3.La participación del Director General de Asuntos Administrativos
- III.3.4. La actuación del Superintendente del Servicio Civil
- conceder
- REVOCA en parte