SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0522/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión, la Resolución 094/2006 de 28 de diciembre, cursante de fs. 198 a 199, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional presentado por Waldo Albarracín Sánchez, Defensor del Pueblo, en representación de Ramiro Guillén Sardón contra Hugo Salvatierra Gutiérrez, Ministro de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente; Juan Mario Vargas Bueno, Director General de Asuntos Administrativos del referido Ministerio y Reynaldo Irigoyen Castro, Superintendente General del Servicio Civil; alegando la vulneración de su derecho al trabajo y remuneración justa, a la función pública, a la seguridad jurídica, el deber fundamental de acatar y cumplir las leyes, a la garantía del debido proceso en cuanto al principio de legalidad y acceso a la jurisdicción, consagrados en los arts. 7 incs. a) d) y j), 8, 16, 38 y 156 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg); 8.1 y 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 6 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
- amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos, garantía y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades y funcionario recurrido y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- concede
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso y problemática planteada
- III.3.1. Sobre la subsidiariedad alegada por la autoridad demandada del Servicio Civil
- III.3.2. La actuación del Ministro demandado
- III.3.3.La participación del Director General de Asuntos Administrativos
- III.3.4. La actuación del Superintendente del Servicio Civil
- conceder
- REVOCA en parte