SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0522/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0522/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

III.3.3.La participación del Director General de Asuntos Administrativos

Por otra parte, en relación a la participación de Juan Mario Vargas Bueno en la vulneración de derechos denunciada por el accionante, es pertinente señalar que la decisión y ratificación de la desvinculación de Ramiro Guillén Sardón, del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, fue del Ministro demandado, según se extrae del memorándum y Resolución del recurso de revocatoria, siendo la autoridad demandada en el recurso jerárquico y quien debió dar cumplimiento a las Resoluciones de la Superintendencia del Servicio Civil, no evidenciándose en antecedentes, participación u omisión a instrucciones de la citada autoridad por parte de Juan Mario Vargas Bueno, Director General Administrativo, a quien Ramiro Guillén Sardón dirigió la última nota de reclamo de 11 de octubre de 2006, que si bien no mereció respuesta, su silencio no implica que asuma responsabilidades por la omisión y resistencia del Ministro. En mérito a lo señalado, se establece que Juan Mario Vargas Bueno, no tiene legitimación pasiva en la demanda de amparo interpuesta por el recurrente.