SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0522/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
REVOCA en parte
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, REVOCA en parte la Resolución 094/2006 de 28 de diciembre, cursante de fs. 198 a 199, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; en consecuencia CONCEDE el recurso planteado, ahora acción de amparo, contra Hugo Salvatierra Gutiérrez, Ministro de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente; y DENIEGA el recurso contra Juan Mario Vargas Bueno, Director General de Asuntos Administrativos del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente y Reynaldo Irigoyen Castro, Superintendente General a.i del Servicio Civil.
- amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos, garantía y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades y funcionario recurrido y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- concede
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso y problemática planteada
- III.3.1. Sobre la subsidiariedad alegada por la autoridad demandada del Servicio Civil
- III.3.2. La actuación del Ministro demandado
- III.3.3.La participación del Director General de Asuntos Administrativos
- III.3.4. La actuación del Superintendente del Servicio Civil
- conceder
- REVOCA en parte