Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0543/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
II.2.
II.2. El 23 de enero de 2004, Grover Guzmán Gonzáles, en la vía incidental y en ejecución de sentencia, demandó la división y partición de bienes comunes, razón por la cual Memphis Sandoval Rivera, representada por el recurrente, el 8 de abril de 2004, promueve incidente de nulidad, solicitando se anule obrados hasta “fs. 1048 inclusive” (sic), pidiendo se disponga se notifique previamente a las partes con el Auto de 19 de febrero de 2001, por el cual se traba la relación procesal señalándose los puntos de hecho a probar (fs. 9 a 13).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- III.4. Respecto de la garantía al debido proceso y la jurisprudencia constitucional
- III.5.1. Con respecto a la actuación de los Vocales demandados
- 1)
- III.5. 2.
- concedido
- APROBAR