SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0644/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
denegando
Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 004/2007 de 24 de abril, cursante de fs. 165 a 169 vta., denegando la tutela con costas y multa en la suma de Bs500.- (quinientos bolivianos), con los siguientes fundamentos: i) El Auto de Vista 140/2006, representa la aplicación objetiva de la ley y el respeto del derecho a la seguridad jurídica; ii) El derecho a la defensa estuvo latente en todo momento a favor del ejecutante, así como el debido proceso y juez natural; y, iii) No se violó el derecho a la remuneración justa por un trabajo realizado, dado que se estableció que la empresa “ARISUR Inc.” pague los honorarios profesionales adeudados conforme estableció la SC 1197/2003-R de 20 de agosto.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Legitimación activa en las acciones de amparo constitucional por cobro de honorarios profesionales
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR