Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0644/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes, interpone recurso de amparo constitucional contra Felipe Mendoza Benavides, José Antonio Leytón Matos y Abigael Burgoa Ordóñez, Presidente y Vocales de la Sala Civil, Familiar y Comercial de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, solicitando que se lo declare procedente y se disponga la nulidad del Auto de Vista 140/2006 de 11 de agosto y que en el plazo de seis días, las autoridades correcurridas emitan nuevo auto de vista confirmando en forma total el Auto de 16 de junio de 2006, con costas en ambas instancias, así como la existencia de responsabilidad civil, estimando el monto indemnizable en las costas erogadas y honorario del abogado patrocinante.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Legitimación activa en las acciones de amparo constitucional por cobro de honorarios profesionales
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR