SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0668/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0668/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

4) Respecto al incumplimiento del art. 15 de la Ley Organización Judicial abrogada

Indica el recurrente que como consecuencia del procedimiento errado para las recusaciones, los Miembros de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, a momento de dictar el Auto Supremo 633/2006, han conculcado la garantía del debido proceso contenida en el art. 16 de la CPEabrg, la seguridad jurídica y el art. 15 de la LOJabrg, que manda a los magistrados antes referidos a revisar la causa “desde la primera foja hasta la última” (sic).