SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0668/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0668/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

II.8.  En cuanto al último recurso de casación interpuesto por el padre de la víctima y las excusas planteadas

         Se evidencia la excusa de fecha 20 de enero de 2006 de los ministros Beatriz Sandoval de Capobianco y Jaime Ampuero García. Asimismo, por providencia de 2 de marzo de 2006, se declara legal la excusa formulada por los citados Ministros, proveído con el cual se notificó al representado del recurrente en Secretaría de Cámara en fecha 16 de marzo de 2006 (fs. 261 y 265 a 266).

Asimismo, por informe de fecha 5 de junio de 2006, se establece la renuncia de los miembros de la Sala Social y Administrativa Primera, razón por la cual, mediante Héctor Sandoval Parada, en su calidad de Presidente de la Corte Suprema de Justicia, señala que de acuerdo a lo determinado en Sala Plena y considerando que la Sala Social Primera no cuenta con ministros, remítase el expediente a conocimiento de la Sala Social Segunda (fs. 284).