SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0668/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0668/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

III.8.5. En cuanto a la falta de motivación del Auto Supremo 366

Tal como se señalo en el fundamento III.5 de la presente Sentencia, los actos jurisdiccionales emitidos por la Corte Suprema de Justicia,  pueden ser objeto de control de constitucionalidad a través del amparo constitucional en caso de ser denunciados como actos lesivos la vulneración a las reglas del debido proceso adjetivo. En ese contexto, cabe en principio definir al debido proceso, por eso, es pertinente citar al tratadista Luis Saenz Dávalos, para quien el debido proceso en su dimensión adjetiva, se refiere a toda aquella estructura de principios y derechos que corresponden a las partes durante la secuela de todo tipo de proceso, sea este jurisdiccional, administrativo o corporativo particular.